Para
el titular del gremio empresarial, Humberto Speziani, el porcentaje de 3% es muy alto y de
difícil aplicación para el sector
MARTÍN LEÓN ESPINOSA
Pese
a que está de acuerdo con el espíritu de la Ley General de la Persona con
Discapacidad, el presidente de la Confederación Nacional de Instituciones
Empresariales Privadas (Confiep),Humberto Speziani, expresó
sus reparos por la cuota obligatoria para que los sectores público y privado –con más de
50 trabajadores– contraten un porcentaje de discapacitados.
“Esto debe ser un proceso y no en la forma como se
ha dado en la ley. No es que uno esté en contra de darles trabajo a los
discapacitados, porque eso sería discriminatorio. Pero no pueden obligar [a contratar] un porcentaje.
Además, consideramos que el porcentaje es muy alto”, dijo.
“Uno de los que a van a sufrir más es el Estado,
que es un gran empleador”, acotó.
Se promulgó la Ley 29973. En su artículo
49, obliga a las entidades públicas a emplear personas con discapacidad en una
proporción no menor al 5% del total de sus trabajadores. En el sector privado
el porcentaje no debe ser inferior al 3%.
El
presidente de la Confiep recordó
que ese punto fue uno de los que objetaron al Ejecutivo cuando la norma se
aprobó en el Congreso, en junio. Luego el Gobierno objetó la ley, pero
el Parlamento mantuvo las cuotas para ambos sectores.
Speziani señaló que la implementación de la ley en
el sector privado también demandaría un proceso que sería muy costoso. Agregó
que podrían inflarse las planillas para cumplir con la norma. “El costo para
evitar problemas sería contratar a personas con discapacidad y pagarles un
salario. Pero esa no es la idea porque no los ayuda. La idea es educarlos y
aumentar su autoestima con un trabajo real”.
Por último, espera que en la reglamentación de la
ley se atienda sus objeciones, como el que la obligación deban cumplirla
empresas con más de 50 trabajadores. También que se haga una definición más
detallada de quiénes son personas con discapacidad (ver qué dice la ley).
En
contraparte, el presidente del Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad (Conadis ), Julio
Guzmán Jara, dijo que la Confiep parece desconocer “las capacidades y
potenciales que tienen los discapacitados”.
Indicó que en varios países se exige a los
empresarios que contraten personas con discapacidad. Mencionó como ejemplo a
Alemania, donde se emplea hasta el 6%, mientras que en Argentina llega al 4%.
Sobre
la definición de la persona con discapacidad de la ley, afirmó que es la mejor
porque es bastante moderna. Sin embargo, señaló que en el reglamento debe
adoptarse la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad
y de la Salud (CIF) de la
Organización Mundial de la Salud (OMS). Esto para poder establecer un estándar internacional.
Guzmán también recordó que las sanciones por no
cumplir la ley recién se darán dos años después de su entrada en vigencia, es
decir, en diciembre del 2014.
QUÉ DICE LA LEY
DEFINICIÓN DE DISCAPACITADO
Según el artículo 2 de la norma, la persona con discapacidad se define así: “Es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y de su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.
DERECHOS SIMILARES
Además, en el artículo 3 de la ley dice que los derechos que tienen son los mismos que el resto de la población “sin perjuicio de las normas nacionales e internacionales para que alcance la igualdad de hecho”.
Además, en el artículo 3 de la ley dice que los derechos que tienen son los mismos que el resto de la población “sin perjuicio de las normas nacionales e internacionales para que alcance la igualdad de hecho”.
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